- Si el Supremo archiva la petición contra Pablo Casado estará admitiendo que, en España, ante la Justicia, existen dos tipos de ciudadanos: los normales y los aforados, cuya presunción de inocencia es mayor.
- Los fiscales le han metido ritmo a la cosa; es hora de salir a bailar.
Luis Navajas, teniente fiscal del Tribunal Supremo EFE
Puede que haya habido cohecho impropio pero ha prescrito y no se aportan evidencias suficientes sobre su cooperación necesaria en un delito de prevaricación como para levantar el aforamiento a Pablo Casado, de acuerdo con la doctrina del propio Tribunal Supremo. O sea, puede que a Casado le regalaran el título pero solo hay sospechas y conjeturas de que fuera con su cooperación y con eso no basta para desaforarle. Que el Partido Popular celebre semejante conclusión del teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, como una victoria solo indica que su moral ha caído tanto que, en materia de tribunales, les vale cuanto no sea una derrota por goleada.
Que al teniente fiscal le parezca verosímil que a alguien puedan regalarle un título universitario sin su cooperación necesaria para sacar adelante la compleja farsa que requiere la apariencia de su tramitación entra directamente en el terreno de la imaginación y la fantasía; especialmente cuando hasta tres imputadas ya han reconocido ante su señoría que, efectivamente, les regalaban el titulo, lo sabían y se les indicaba cómo cooperar para obtenerlo.
El problema ahora lo tiene la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Debe elegir entre desautorizar al teniente fiscal Navajas o desautorizar a la jueza Rodríguez Medel quien, en un sagaz movimiento defensivo, se ha apresurado a pedir al Ministerio Fiscal su criterio sobre las alumnas del máster ya imputadas, si el cohecho también ha prescrito y nada sustancia la concurrencia de cooperación para la prevaricación. Habrá que leer con interés el escrito de la Fiscalía. Si mantiene su criterio no le quedará más remedio que contradecir al teniente fiscal y seguir respaldado a la juez. Si, con las mismas pruebas, recomienda mantener las imputaciones mientras en el Supremo no se procede contra Casado, porque al estar aforado se requieren evidencias más solidas, estará evidenciando una situación que encaja mal en nuestra Constitución. El aforamiento solo afecta a la jurisdicción, no refuerza la presunción de inocencia del aforado ni mucho menos aumenta el peso de la carga de la prueba, especialmente cuando no se trata de delitos derivados de sus responsabilidades políticas.
Si el Supremo acepta los argumentos del teniente fiscal y archiva la petición contra Pablo Casado estará admitiendo exactamente lo mismo. Estará sancionando que, en España, ante la Justicia, existen dos tipos de ciudadanos: los normales y los aforados, cuya presunción de inocencia es mayor y a quién protege de manera reforzada el principio de carga de la prueba. No importa cómo lo argumenten, lo que quedará en no pocos ciudadanos es que, si estás aforado, eres más inocente y quienes acusan deben probar más tu culpabilidad que si eres un votante de a pie, incluso respecto a la comisión de delitos que nada tengan que ver con la acción política del aforado.
Si el Supremo desoye la petición estará contraviniendo a la Fiscalía del propio Tribunal, pero ratificando los argumentos de una juez y los fiscales madrileños que respaldaron todas y cada una de sus peticiones, sin contradecir una instrucción que, de verse comprometida, dejaría en un limbo penal las sólidas evidencias que apuntan a la comisión múltiples delitos en el ya mítico Instituto de Derecho Público de Álvarez Conde. Los fiscales le han metido ritmo a la cosa. Es hora de salir a bailar. - ANTÓN LOSADA - eldiario.es
0 Comentarios